El pasado día 21 de febrero la nueva ley hipotecaría fue definitivamente aprobada por el Pleno del Congreso, y entrará en vigor a finales de mayo una vez sea aprobada por el Pleno del Senado. Como ya han confirmado los expertos la normativa promueve más seguridad, transparencia y protección al consumidor. Los clientes tendrán un periodo de al menos 10 días para leer, estudiar y revisar su contrato antes de firmar, periodo en el que las entidades aprovecharán para evaluar en profundidad la capacidad del consumidor para hacer frente al pago. Los notarios y registradores serán quienes velarán por el cumplimiento de los requisitos del proceso, además de constatar que el prestatario sabe que producto está contratando y en qué condiciones.
Repasamos los principales cambios y puntos clave que afectan a esta nueva ley:
- Las entidades financieras deberán asumir los gastos de gestoría, notaría, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentos (IAJD) y el registro. El cliente sólo pagará los gastos de tasación y segundas copias del notario.
- Los tasadores serán independientes, podrán ser sociedades o personas físicas que el cliente tendrá opción de elegir.
- Se establecen límites para las comisiones que cobran los bancos por la amortización anticipada, (ya sea parcial o total). En el caso de las hipotecas variables, será como máximo un 0,25% durante los 3 primeros años, y el 0,15% en los 5 años posteriores. Y para las hipotecas de tipo fijo, la comisión no superará el 2% durante los 10 primeros años, y posteriormente será un 1,5%.
- La comisión de apertura sólo se devengará una vez y englobará la totalidad de los gastos de estudio, tramitación y concesión del préstamo.
- Se dará la opción de contratar un seguro de hogar, vida o protección de crédito con una entidad diferente a la que se ha concedido el préstamo y el prestamista no podrá cobrar comisión o gasto alguno.
- Se amplía el margen para iniciar un desahucio a 12 cuotas impagadas o el 3% de capital prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, y pasado ese momento el plazo es de 15 cuotas o el 7% del importe del préstamo.
- La penalización por subrogación y la novación de los préstamos desaparece a partir del cuarto año, cuando tengan por finalidad reconvertir el tipo de interés variable en uno fijo. Durante los 3 primeros años, la comisión límite es del 0,15% del capital reembolsado anticipadamente.